17-11-2020
I.- Aprobación definitiva de los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación Finca «Los Cerezos»-UE 28, del municipio de Valdeavero (Madrid).
Anuncio de aprobación definitiva de los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación Finca «Los Cerezos»-UE 28, del municipio de Valdeavero (Madrid).
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Valdeavero (Madrid) sobre aprobación de los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación Finca «Los Cerezos»-UE 28 del municipio de Valdeavero (Madrid), cuyo texto íntegro se hace público con el siguiente contenido:
Capítulo I Denominación, carácter, personalidad, objeto, domicilio y duración
Artículo 1. Denominación.-Con la denominación de «Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación Finca «Los Cerezos»-UE 28», se constituye una Entidad Urbanística Colaboradora bajo el sistema de Entidad de Conservación que se regirá por los presentes Estatutos, por lo dispuesto con carácter imperativo en los artículos 24 a 30 y 68 a 70 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana; y de conformidad con lo establecido en el artículo 136.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, planeamiento municipal vigente y por las disposiciones administrativas y normas urbanísticas dictadas o que se dicten.
En lo no previsto en los presentes Estatutos, será de aplicación la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
Art. 2. Carácter y personalidad.
a) La Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación Finca «Los Cerezos», en lo sucesivo la Entidad, tiene personalidad jurídica propia y carácter administrativo y dependerá, en cuanto Administración Urbanística Actuante, del Ayuntamiento de Valdeavero.
b) La Entidad tiene plena personalidad jurídica a todos los efectos legales, a partir de su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Consejería de Obras Públicas y Urbanismo de la Comunidad de Madrid.
Art. 3. Objeto.-El objeto y fines de la entidad serán los siguientes:
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