Urbanismo de Almuñécar, Granada

Almuñécar, Granada.

Urbanismo de Almuñécar (Granada) publica a 19 de octubre de 2022 el Informe Ambiental Estratégico de la modificación puntual nº7, relativa a la Norma 3.13 del Planeamiento General del término municipal, que tiene como objetivo principal, la modificación de la norma 3.13 en relación con la compatibilidad de usos pormenorizados en las calificaciones existentes de Residencial Extensiva (RE) y Residencial Intensiva (RI) con institucional y equipamientos del PGOU‐87 de Almuñécar, adaptado parcialmente a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
La Modificación señala que la experiencia habida con la aplicación de la normativa del PGOU‐87 de Almuñécar aún vigente, de más de tres décadas, ha demostrado, entre otras cuestiones, un exceso de rigidez en la asignación determinista de usos a las parcelas de suelo urbano consolidado. Por lo tanto, la propuesta valora conveniente compatibilizar usos pormenorizados, la gran mayoría de usos residenciales, con los de equipamiento comunitario, entendiendo encuadrados en este último a los usos tanto de equipamientos de titularidad pública, como a los usos dotacionales privados de servicio público, que en cualquier caso respondan al interés general de la implantación de un servicio público de interés.

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