Urbanismo Madrid

Pinto

24-11-2020

I.- Aprobación Inicial de la modificación de los artículos 7, 20 y 41 de los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación del AA1 del Plan Parcial 1 de esta localidad y someter a información pública el contenido íntegro de la modificación de dichos Estatutos.

De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Gestión Urbanística, se hace público que, por la Junta de Gobierno Local celebrada el día 4 de noviembre de 2020, se adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación de los artículos 7, 20 y 41 de los Estatutos de la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación del AA1 del Plan Parcial 1 de esta localidad y someter a información pública el contenido íntegro de la modificación de dichos Estatutos, quedando como sigue su redacción:

Art. 7. Duración.—La Entidad de Conservación estará legalmente facultada para ejercer sus funciones desde su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras y tendrá una duración indefinida si bien, una vez inscrita esta modificación de Estatutos en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras su duración pasará a ser de diez años desde esta inscripción, salvo que los propietarios de la Entidad Urbanística de Conservación manifiesten expresamente su voluntad de seguir funcionando como Entidad Urbanística de Conservación.

El Ayuntamiento asumirá progresivamente las obligaciones que se recogen a continuación. Dicha asunción partirá de la recepción por parte del Ayuntamiento de las redes, viales, zonas verdes, etc. en un estado de conservación adecuado. Para ello será necesario un informe de técnico municipal que acredite este extremo previo a la asunción de cada obligación.

Primer año:

— 50 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvencionará a la EUC con 6.000 euros.

Segundo año:

— Se mantendrá la obligación prevista para 2018.

Tercer año:

— 70 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 6.000 euros.

Cuarto año:

— Asunción del 90 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 6.000 euros.

Quinto año:

— Asunción del 100 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 6.000 euros.

Sexto año:

— 100 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

— Subvención a la EUC con 6.000 euros.

— Asunción del mantenimiento del alumbrado público.

Séptimo año:

— 100 por 100 del suministro eléctrico y consumos de agua de la EUC.

Texto íntegro aquí

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