Urbanismo de Siles, Jaén
Urbanismo de Siles (Jaén) corrige a 10 de mayo de 2024, errores en el Anuncio de 21 de febrero de 2024, por el que se daba publicidad a la Declaración Ambiental Estratégica del expediente EAE-JA-038/2016.
Donde dice: «Los proyectos de urbanización, conforme al apartado 7.14 de la Ley 7/2007, de 9 de
julio, se encuentran sometidos a autorización ambiental unificada. Por cuanto, los suelos
clasificados como urbanos no consolidados por el planeamiento general vigente, desde
la entrada en vigor de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad
del territorio de Andalucía, tienen la consideración de suelo rústico. Por tanto, y a tenor
de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, sólo pasarán a clasificarse como suelo urbano una
vez urbanizados, desde el momento en que se produzca la recepción de las obras de
urbanización.» debe de decir: «Los proyectos de urbanización en suelo rústico, conforme al apartado 7.14 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, se encuentran sometidos a autorización ambiental unificada. Por cuanto, los suelos clasificados como urbanizables por el planeamiento general vigente, desde la entrada en vigor de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, tienen la consideración de suelo rústico. Por tanto, y a tenor de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, sólo pasarán a clasificarse como suelo urbano una vez urbanizados, desde el momento en que se produzca la recepción de las obras de urbanización.«
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