Urbanismo de Madrid

Madrid.

Urbanismo de Madrid suspende a 25 de abril de 2024, la realización de actos de uso del suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades.

Se exceptúan licencias de primera ocupación y funcionamiento, que sean consecuencia de obras y de actividades con título habilitante otorgado con anterioridad a la entrada en vigor de este acuerdo de suspensión, en el ámbito territorial definido en el apartado 2 del artículo 7.6.3 bis de las Normas Urbanísticas del PGOU de Madrid de 1997.

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