Móstoles
22-02-2021
I.-Aprobación Inicial del Plan Especial para segregacion de la parcela situada en la calle Almendro, número 9, de la Urbanización Parque Coímbra. Móstoles.
Por la presente se hace público que la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 26 de enero de 2.021, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero.—Admitir a trámite la solicitud y aprobar inicialmente el Plan Especial para segregacion de la parcela situada en la calle Almendro, número 9, de la Urbanización Parque Coímbra. Móstoles (Madrid).
Segundo.—Apertura del trámite de información pública por plazo de un mes, durante el cual se podrá consultar el documento en el Departamento de Planeamiento e Infraestructuras de la Gerencia Municipal de Urbanismo, calle Independencia, número 12, 6.a planta.
Inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor difusión. Asimismo, en orden a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 del RMPA, deberá publicarse en los tablones de edictos de la Casa Consistorial, de las Juntas de Distrito, de los Organismos Autónomos y en la web municipal, así como notificación individualizada a los propietarios.
De forma simultánea a la información pública, se solicitarán aquellos informes que sean preceptivos conforme a la LSCM, de 17 de julio, y conforme a la normativa sectorial y no sean exigibles con carácter previo a la aprobación inicial, y que deberán ser emitidos en el mismo plazo que la información pública.
Tercero. Requerimiento.—El documento para aprobación definitiva justificará que el porcentaje de ocupación y los retranqueos de la edificación establecidos por el Plan Especial responden a estas determinaciones pormenorizadas propias de los planes de desarrollo, de acuerdo, como se ha mencionado, con el artículo 35 la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid y con el Plan General de Móstoles.
Para el cómputo de la edificabilidad se estará a lo dispuesto en el artículo III.3.4 sobre medición de la superficie computable a efectos de edificabilidad del documento de las Normas Urbanísticas Generales del Plan General.
Debe suprimirse toda mención respecto a la regulación de piscinas. Se estará a lo dispuesto por el articulo III.5 de la Normas Urbanísticas Generales sobre ocupación del suelo y demás artículos concurrentes.
Debe suprimirse toda mención respecto a la regulación aparcamientos. Se estará a lo establecido por las Normas Urbanísticas del Plan General, garantizando en todo caso el acceso a los vehículos de extinción de incendios.
El proyecto de ejecución resolverá las acometidas a las parcelas de los servicios urbanísticos municipales que se ejecutarán con cargo al promotor de la parcela.
El documento de aprobación definitiva deberá presentarse visado (seis ejemplares) por colegio técnico profesional competente y firmado por la propiedad legalmente representada (incluido los propietarios en régimen de gananciales si los hubiera) y el técnico redactor. Se entregará completo, incluido anexos, mediante archivo informático en formato pdf del documento definitivo y fichero del plano base de ordenación en formato dxf o dwg en coordenadas UTM/ETRS89.
Cuarto.—Dar traslado de esta resolución a los interesados: doña Noelia Mateos Oliva y don Francisco Javier Molina Canorea.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y teniendo en cuenta el mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, se somete el citado documento a información pública y audiencia a los interesados por plazo de un mes para que puedan formularse cuantas reclamaciones y sugerencias se consideren oportunas, estando a disposición de los ciudadanos a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las dependencias de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Móstoles, en la calle Independencia, número 12, en horario de 9:00 hasta las 14:00 horas.
Texto íntegro aquí
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