Madrid
05-01-2021
I.- Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Especial para la finca situada en la calle de las Canarias, número 51, distrito de Arganzuela.
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Número expediente: 135-2020-01317.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 3 de diciembre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Especial para la finca situada en la calle de las Canarias, número 51, distrito de Arganzuela, promovido por El Arverjal Arrendamientos, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública, por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y preceptos concordantes.
Tercero.—Remitir el documento técnico a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, a los efectos previstos en el artículo 57.d) de la referida Ley 9/2001, de Suelo de la Comunidad de Madrid, y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Cuarto.—Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b) 10 de la Ley 9/2001, de 17de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Quinto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito del Plan Especial que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
Texto íntegro aquí
II.- Aprobación definitiva del Plan Especial para el edificio situado en la carrera de San Jerónimo número 13, Distrito de Centro.
Aprobación definitiva del Plan Especial para el edificio situado en la carrera de San Jerónimo número 13, Distrito de Centro.
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Desestimar la alegación presentada durante el periodo de información pública, por las razones y en los términos señalados en el Informe de la Subdirección General de Planeamiento.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para el edificio situado en la carrera de San Jerónimo número 13, distrito de Centro, promovido por la entidad MDR Inversiones, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/94, de 30 de diciembre, a continuación se publican las Normas Urbanísticas y las consideraciones Medioambientales:
NORMAS URBANÍSTICAS
4.1.1.3. Régimen urbanístico vigente En el ámbito de este Plan Especial son de aplicación, entre otras, las determinaciones urbanísticas del vigente Plan General de Madrid de 1997 que figuran a continuación. Condiciones urbanísticas de la edificación. La edificación objeto de este Plan Especial se encuentra encuadrada dentro de las zonas de suelo urbano de ordenación directa, y regulada por la Norma Zonal 1 (“Protección del Patrimonio Histórico”) Grado 2º, Nivel de uso D.
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III.- Aprobación inicial del Proyecto de Urbanización del Área de Planeamiento Incorporado 19.03 Finca Valdecarante (calle Pirotécnia).
Aprobación inicial del Proyecto de Urbanización del Área de Planeamiento Incorporado 19.03 Finca Valdecarante (calle Pirotécnia), promovido por Iberdrola Inmobiliaria, S. A. U., distrito de Vicálvaro. Expediente 711/2020/08852.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 5 de noviembre de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización del Área de Planeamiento Incorporado 19.03 Finca Valdecarante (calle de la Pirotecnia), distrito de Vicálvaro, con un presupuesto, IVA incluido, de 2.444.189,52 euros, conforme al informe técnico de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras de 23 de octubre de 2020.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública durante un plazo de veinte días hábiles, mediante anuncio que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor difusión.
Tercero.—El plazo de ejecución de las obras se fija en seis meses desde la firma del acta de comprobación del replanteo, y el de garantía será de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid.
Cuarto.—Notificar dicha aprobación inicial a las personas interesadas de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.
Por lo que se pone en general conocimiento que la documentación correspondiente al expediente que se somete a información pública podrá ser consultada durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los siguientes lugares:
— A través de la página web del Ayuntamiento de Madrid (https://www.madrid.es).
— En la Subdirección General de Control de la Urbanización del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos (calle Alcalá, número 45, primera planta) previa concertación de cita en el correo electrónico sgcontrolurb@madrid.es
Igualmente podrán formularse por escrito dentro de dicho plazo cuantas alegaciones o sugerencias suscite el citado acuerdo, las cuales podrán presentarse en cualquiera de las formas admitidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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